Principio precautorio: La falta de certeza científica no es impedimento para adoptar medidas para la protección del medio ambiente.
“El que contamina paga”: Aquellas personas que dañen de algún modo el medio ambiente deberán pagar o indemnizar para resarcir los daños.
Principio preventivo: Se reconoce a la naturaleza como patrimonio común de personas, consiste en el estudio para el impacto o riesgo ambiental.
Principio de acceso: Consiste en cuatro aspectos;
- Acceso a la toma de decisiones
- Acceso a la información ambiental
- Sistemas nacionales de información ambiental
- Archivos de autoridades
Inducción: Consiste en dos aspectos principales
- Promover el mejoramiento ambiental voluntario en procesos de producción y consumo
- Debe premiarse a las personas que realizan actividades amigables o benéficas para el medio ambiente
Marco jurídico del Derecho Ambiental en México:
- Constitución Federal y Estatales
- Tratados y Convenciones internacionales en materia ambiental
- Leyes ambientales generales como LGEEPA y ciertos reglamentos
- Legislación sectorial
- Disposiciones reglamentarias
- Leyes y reglamentos estatales
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