martes, 16 de julio de 2013

Tratados y Convenciones Medioambientales

CONVENIO PARA LA PROTECCIÓN Y EL DESARROLLO DEL MEDIO MARINO DE LA REGIÓN DEL GRAN CARIBE
Protocolo relativo a la cooperación para combatir los derrames de hidrocarburos en la región del gran Caribe. 
En 1981 se forma el PAC  para promover la cooperación de la protección y desarrollo del medio marino. 
Objetivos del PAC: cooperación, evaluaciones para id las prioridades, negociar acuerdos regionales para solución de problemas, crear políticas ejecutables dentro de las naciones, manejar individual y conjuntamente las problemáticas comunes. Conferencia de Plenipotenciarios sobre la protección y el desarrollo del medio marino del gran Caribe, en Colombia del 21 al 24 de marzo de 1983. Como resultado se redacta la convención en sí y el protocolo contra derrames de hidrocarburos.


CONVENIO DE BASILEA SOBRE EL CONTROL DE LOS MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS DE LOS DESECHOS PELIGROSOS Y SU ELIMINACIÓN.
El 22 de marzo de 1989 se firma  y entra en vigor en 1992.
Capacitación sobre correcta gestión de residuos.  
Que países desarrollados no exporten sus desechos tóxicos a países subdesarrollados.
Su objetivo es reducir la generación de desechos, reducir el movimiento de los mismos.
Categorías de residuos: tóxicos, venenosos, explosivos, corrosivos, inflamables, ecotóxicos e infecciosos.


PROTOCOLO DE MONTREAL RELATIVO A LAS SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO.
Se concertó en 1987 y entro en vigor el 1 de enero de 1989.
Las sustancias dañinas son aquellas que contienen cloro y bromo.
Las partes son informadas sobre las sustancias que dañan la capa de ozono para una óptima aplicación de medidas y acelerar la reducción de productos químicos.
Reuniones anuales de los estados partes, donde se han aprobado mas de 740 decisiones. Proponer y establecer medidas que reduzcan las sustancias dañinas a la capa de ozono.
Existe la cooperación financiera y técnica, donde hay una transferencia de tecnologías, y se reciben contribuciones adicionales a otras transferencias financieras de las partes.


CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO.
Adoptada en 1992 en Nueva York, entro el vigor 1994. 
Tratado internacional sobre el cambio climático y el desarrollo, así como gases de efecto invernadero.
Su objetivo es estabilizar concentraciones de gases de efecto invernadero.
Presentar informes periódicamente de las naciones, informar medidas y políticas implementadas y la emisión de gases que ha producido. 
Tener desarrollo sustentable y energías alternativas no dañinas al medio ambiente, intercambio de tecnologías entre naciones, cooperación con ayudas y recursos financieros.
De esta convención salen varios protocolos como el de Kyoto y el de Montreal.


PROTOCOLO DE 1992: FONDO DE INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS POR HIDROCARBUROS.
Se rige por 2 convenios internacionales:
  • Convenio de responsabilidad civil 1969; determina las responsabilidad de los dueños de buques que contaminan.
  • Convenio del fondo 1971; establece el régimen de indemnización a las víctimas. Dar indemnizaciones complementarias a quienes no reciben indemnizaciones completas. Las indemnizaciones solo se dan a los Estados firmantes y miembros del convenio. 


CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA LA PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DE LAS TORTUGAS MARINAS.
En 1994 se reconoce la amenaza de las tortugas en la región de América.
Causas de disminución de las tortugas: sobre explotación humana de los huevos, piel y carne, contaminación, redes de pesca y destrucción del hábitat.
Firmas de 1996 a 1998 y entra en vigor en el 2001.
Prohibir capturar y vender tortugas, informes anuales de acciones de los países.


CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE EL CONTROL DE LOS SISTEMAS ANTI-INCRUSTANTES PERJUDICIALES DE LOS BUQUES, ADOPTADO EN LONDRES, EL 5 DE OCTUBRE DE 2001.
Su adopción fue el 5 de octubre de 2001 en Londres
Según el convenio se estipulan a los sistemas anti-incrustantes como todo revestimiento, pintura, tratamiento superficial, superficie o dispositivo que se utilice en un buque para controlar o impedir la adhesión de organismos no deseados. 
Sus principales usos son 3: para impedir la acumulación de organismos en la superficie de los buques, para la eficacia del comercio y el transporte marítimo. y para impedir la proliferación de organismos acuáticos perjudiciales
Este convenio se creó tras investigaciones y estudios científicos donde se demostró que ciertos sistemas anti-incrustantes utilizados en los buques entrañan un considerable riesgo de toxicidad y tiene efectos crónicos en organismos marinos.
El principal objetivo de dicho convenio es proteger el medio marino y la salud de los seres humanos contra los efectos desfavorables de los sistemas anti-incrustantes.


PROTOCOLO ENTRE MEXICO Y EE.UU. POR EL QUE SE MODIFICA LA CONVENCIÓN DE AVES MIGRATORIAS Y MAMÍFEROS CINEGÉTICOS.
Aves migratorias
Nos referimos a las aves que realizan viajes estacionales regulares, o en respuesta a ciertos cambios
Mamíferos cinegéticos
Son aquellos que pueden ser objeto de caza, y por lo general intervienen en el mantenimiento del equilibrio y salud de ecosistemas

Lugar y fecha de adopción: Ciudad de México, 7 de Febrero de 1936
Categoría: Bilateral
Estatus: Vigente
Tema: Medio Ambiente

¿Por qué se crea?
Algunas de las aves migratorias, en sus viajes cruzan México y los Estados Unidos, donde habitan temporalmente.
Se considera justo proteger dichas aves migratorias cualquiera que sea su origen, para que no se extingan.
Emplear los métodos adecuados para utilizar racionalmente las aves migratorias tanto en deporte, alimentación, comercio e industria.
Ambos países formalizaron la creación de una Convención que satisfaga la necesidad señalada.

Restricciones:
  • Fijación de vedas que prohíban en cierta época la captura de aves migratorias y sus huevos
  • Determinación de zonas de refugio donde estará prohibida la captura de dichas aves
  • Limitación a 4 meses en cada año del ejercicio de la caza
  • La veda para patos del 10 de Marzo al 1 de Septiembre
  • Prohibición de matar aves migratorias insectívoras, con excepción de que perjudiquen la agricultura y constituyan una plaga
  • Prohibición de cazar a bordo de aeronaves

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